SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013

Fecha: 04-Nov-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega la vulneración de sus derechos a la jubilación y al trabajo, denunciando que por determinación de oficio del SENASIR, se le suspendió la cancelación de su renta de vejez por supuesta doble percepción de renta y salario de una misma fuente; es decir, del Presupuesto General de la Nación, sin considerar que los contratos que suscribió con la COMIBOL y con la empresa metalúrgica “Vinto”, son de naturaleza civil, no existiendo relación de dependencia laboral, además que por certificación que obtuvo se acreditó que la fuente de su remuneración provino de recursos propios de la empresa, lo que infiere que no existió la doble percepción aludida. Agrega que, la retención de su papeleta de pago, lo obligó a suscribir el convenio de pago 435/2001, constriñéndose a la devolución de lo supuestamente indebidamente percibido, al no tener otro medio para subsistir y en protección de su vida y asistencia médica; sin embargo, reclamó las ilegalidades cometidas reiteradamente demandando además una respuesta fundamentada que le permita conocer las razones por las que se arribó a esa decisión al no constar resolución ni notificación alguna al respecto, recibiendo negativas del SENASIR, finalizando con la nota 0517/2012 de 24 de septiembre, que manifestó que el caso estaba cerrado por la firma del convenio de pago y por provenir ambos ingresos del citado Presupuesto General de la Nación. En consecuencia, compele en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.