SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.4.

II.4.       En cumplimiento de la Resolución Ministerial citada en la Conclusión anterior, por instructivo 001/99 de 20 de enero de 1999, el Viceministro de Tesoro y Crédito Público, determinó entre otros que, la Dirección General de Pensiones instruya a sus dependencias solicitar a los asegurados que deseaban acogerse a las previsiones del Sistema de Reparto y que percibían salario del Estado, la presentación del parte de baja o agradecimiento de servicios; así como ordenar al Departamento respectivo efectuar un estricto control a objeto de dar cumplimiento a la RM 026 (fs. 41 a 43).