SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.5.

II.5.       Por nota de 15 de diciembre de 2000, Ruperto Vargas Calvetty, denunció que el accionante y otros percibían simultáneamente renta y sueldo provenientes del TGN, por lo que solicito obrar conforme a ley respecto a los ahí nombrados (fs. 107). En ese marco, mediante nota 019/2001 de 12 de enero, el Director de Servicios Generales del Ministerio de Hacienda, certificó a consulta del Director de Pensiones, que la COMIBOL y la empresa metalúrgica “Vinto”, estaban incluidas en el Presupuesto General de la Nación (fs. 110); dando lugar a la retención de la papeleta de pago de jubilación del actor correspondiente a abril de 2001, quien a falta de una resolución que le explique los motivos de la suspensión aludida, presentó una nota el 18 de mayo de ese año, reclamando una justificación legal y fundamentada de la misma (fs. 46 vta.).