SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.7.

II.7.       Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2012, el accionante a través de su representante legal, solicitó la complementación y enmienda del Auto de Vista glosado en la Conclusión anterior, manifestando como puntos de su pedido los siguientes: 1) Se efectuó una interpretación subjetiva del caso, al indicar que en base a las pruebas aportadas por el querellante existía adecuación de los hechos al tipo penal de despojo; 2) No se consideró de ninguna forma los argumentos y fundamentos del incidente de exclusión probatoria, refiriendo únicamente que no podría ingresarse a la valoración al ser un acto que debía ser ponderado por la autoridad del proceso, sin considerar que todo fallo debe tener la pertinencia, idoneidad y congruencia respectivas; y, 3) Que el fallo se refirió al inicio del proceso penal en base a la “denuncia e imputación”, olvidando que dichas figuras o modalidades no existen en el proceso de acción penal privada. En ese sentido, pidió se aclare, complemente y enmiende la Resolución en los términos allí impetrados (fs. 580 a 581).