SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013

Fecha: 04-Nov-2013

III.3.  De las excepciones e incidentes en materia penal

El Capítulo IV del Título I del Libro Sexto del Código de Procedimiento Penal (CPP), reglamenta lo relativo a las excepciones e incidentes en materia penal; así, el art. 308 de dicho cuerpo legal prevé: “Las partes podrán oponerse a la acción penal, mediante las siguientes excepciones de previo y especial pronunciamiento: