SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013

Fecha: 04-Nov-2013

III.4.     Análisis del caso concreto

              Delimitado el campo de análisis, se constata del detalle realizado en las Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que el actor opuso las excepciones previstas en la norma contenida en el art. 308 incs.2) y 3) del CPP -el 24 de julio de 2012-, arguyendo en cuanto a la primera -entre otros- que la jurisdicción penal no era la competente para determinar la forma del predio sobre el que el querellante aducía derecho propietario ni para determinar cuál era la parte adicional de la que aducía haber sido despojado, en razón a ser la jurisdicción civil la competente a fin de conocer conflictos relativos a mensura y deslinde; siendo evidente además que no le atingía a la jurisdicción penal definir cuestiones relativas a límites y colindancias. Respecto a la segunda excepción; es decir, de falta de acción, afirmó que la acción penal se inició sin la existencia de títulos ciertos que permitieran conocer de manera precisa los límites y colindancias de los predios en cuestión, por lo que concernía el archivo de obrados. Finalmente, en audiencia de juicio oral, realizada en igual fecha, a más de ratificar las excepciones opuestas, planteó incidente de exclusión probatoria de cuatro pruebas ofrecidas por el querellante: Fotografías, con el fundamento de no conocer la fecha y el lugar preciso en el que habrían sido capturadas; “del papel que cursa a fs. 3”, referido a un croquis que pretendía delimitar terrenos, sin observar que no era posible que las partes efectúen un dibujo a su capricho con la intención de emplearlo como prueba; de los informes periciales grafológicos enviados al Juez Séptimo de Sentencia Penal, que no tenían relación alguna con el proceso al no ser el objeto de la litis, la falsedad de documentos o cosas; y, de la prueba pericial ofrecida, al no constar ningún punto de partida para su realización, existiendo declaraciones y documentos contradictorios en relación a las hectáreas de las que era propietario.