SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.8.

II.8.       Mediante Auto de Vista 208 de 28 de noviembre de 2012, los Vocales codemandados, resolvieron la solicitud de complementación y enmienda deducida por el actor, declarándola no ha lugar, manteniendo vigente todo el contenido del Auto de Vista pronunciado. Como fundamentos para arribar a dicha decisión, el fallo puntualizó que el Auto de Vista de 5 de octubre de ese año, era claro y preciso, conteniendo la respectiva fundamentación, motivación y valoración respecto a los puntos objetados, resolviendo todo lo relacionado a las excepciones e incidente presentados, resultando claro además que los argumentos expuestos por el querellado, hoy accionante, constituían una defensa de fondo que debía ser tomada en cuenta en el juicio oral (fs. 582 a 583). Decisión notificada al representante del accionante el 21 de diciembre de igual año (fs. 584).