SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2013

Fecha: 03-Jun-2013

II.10.

II.10.Los pueblos Yuracaré y Mojeño conviven en el departamento de Santa Cruz, provincia Ichilo, municipio Yapacaní, dentro de la TCO Yuracaré Trinitaria “El Pallar”, con una extensión de 78 655, 5153 ha (fs. 115), constituido por siete comunidades: Alto Pallar, Nueva Bethel, Tacuaral, El Pallar, Mónica, Damasco y Corralito del Choré, las mismas que tienen como organización matriz al CIPYM (fs. 114; 116). La comunidad indígena Yuracaré y Trinitaria El Pallar, tiene registro de identidad del pueblo indígena Yuracaré-Mojeño, mediante Resolución Prefectural 672/98 de 12 de octubre de 1998, y asentamiento en la provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz (fs. 113), con el título ejecutorial respectivo (fs. 110).