SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2013-L

Fecha: 30-Jul-2013

III.6.        El rol del juez en el proceso civil, los principios procesales y el deber de resguardar la prevalencia del derecho sustancial sobre el formal

El art. 180.I de la CPE, prevé: “La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez”; y, siendo que los referidos principios, en el nuevo Estado Constitucional de Derecho, basado en valores axiomáticos (art. 8.II de la CPE), cobran mayor relevancia y trascendencia, en la resolución de las causas judiciales, se hace necesario analizarlas con mayor detenimiento.

El art. 178.I de la Norma Suprema, establece que: “La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos”; la función del Estado, de administrar justicia, está atribuida al Órgano Judicial, conforme indica el art. 4 de la LOJ, que entre otros, señala: “I. La función judicial es única en todo el territorio del Estado Plurinacional y se ejerce por medio del Órgano Judicial…”.

Al interior del Órgano Judicial se encuentra el elemento subjetivo autorizado para llevar adelante una de las más nobles y sacrificadas labores de la sociedad, la de juzgar y sentenciar a nuestros semejantes, indudablemente que en este punto nos estamos refiriendo al Juez; según el diccionario enciclopédico Larousse Juez es la “Persona que tiene a su cargo la aplicación de las leyes, teniendo autoridad y potestad para juzgar y sentenciar (En todas las acepciones, el femenino también puede ser la juez)”. Eduardo Couture, citado en la Enciclopedia Jurídica OMEBA, expone: “Juez es el magistrado integrante del Poder Judicial, investido de la autoridad oficial requerida para desempeñar la función jurisdiccional y obligado al cumplimiento de los deberes propios de la misma bajo la responsabilidad que establece la Constitución y las leyes”.