Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1042/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1042/2013-L

    Fecha: 28-Ago-2013

    1º     REVOCAR

    1º     REVOCAR en parte la Resolución 83 de 23 de septiembre de 2011, cursante de fs. 393 vta. a 397, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en cuanto a los derechos al debido proceso, a la doble instancia, a la igualdad, a la tutela jurisdiccional eficaz.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • “improcedente”
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.14.
    • II.16.
    • II.18.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Del recurso de anulación de Laudo Arbitral
    • III.3.  De los derechos al debido proceso, a la igualdad, a la tutela jurisdiccional eficaz y a la doble instancia
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • III.4.  Del principio de seguridad jurídica
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • sólo
    • III.6.  De la actuación del Tribunal de garantías
    • III.7. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • 1º     REVOCAR
    • 3º
    • 4º

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca