SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1042/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1042/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

Fragmento 25

           Con referencia a este principio la SC 0143/2010-R de 17 de mayo, indica: “Respecto al principio a la seguridad jurídica, invocado por la accionante como un derecho, la jurisprudencia constitucional de este Tribunal, establece: ´…en el marco de la Constitución Política del Estado, constituye un principio rector del ordenamiento jurídico y que emana del Estado de Derecho, conforme lo señala la doctrina: «La seguridad jurídica debe hacer previsible la actuación estatal para el particular, tal actuación debe estar sujeta a reglas fijas. La limitación del poder estatal por tales reglas, es decir leyes, cuya observancia es vigilada por la justicia, es contenido especial del principio de estado de derecho».