SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2013

Fecha: 08-Ago-2013

El subsidio prenatal

Por otra parte, en cuanto al incumplimiento de los subsidios comprendidos en el ámbito de la seguridad social, debe recordarse que estos son el prenatal, de natalidad y lactancia, último que, de acuerdo a la RM 979 del 31 de julio de 2012 y la RA 233/2012 de 14 de agosto, ha sido fijado por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INASES) en la suma de Bs1000.- (un mil bolivianos). El Subsidio prenatal y subsidio de lactancia radican en la entrega a la madre gestante (asegurada o beneficiaria) y al lactante, de una asignación mensual en especie equivalente a un salario mínimo nacional. El subsidio prenatal comienza a partir del primer día del quinto mes de embarazo y fenece el día de nacimiento del niño (a). El subsidio de lactancia inicia a partir del primer día de nacimiento del niño (a) por cada hijo, durante sus primeros doce meses de vida. Por su parte, el subsidio de natalidad se traduce en un pago único, equivalente a un salario mínimo nacional a la madre gestante asegurada o beneficiaria el nacimiento de cada hijo (a).

En el caso analizado, la entidad demandada, COTEL, no acreditó la cancelación de estos subsidios reclamados por los accionantes a favor de la madre y el hijo, desde los meses de noviembre de 2012 hasta la fecha de interposición de la presente acción, en franca vulneración de las disposiciones sociales y laborales que son de cumplimiento obligatorio como lo dispone el art. 48.I, III y IV de la Norma Suprema.

En cuanto a la atención médica prestada al hijo menor de los accionantes, por el “Seguro Delegado” de la institución, estos denuncian graves irregularidades que lesionarían los derechos a la salud y a la vida, previstos en los arts. 15 y 18 de la Ley Fundamental; por lo que, COTEL, debe solicitar la “supervisión” respectiva a la autoridad que corresponda de la Seguridad Social, acerca de las prestaciones médicas otorgadas al hijo menor de los accionantes.