SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2013

Fecha: 08-Ago-2013

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Sonia Angles, en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, “tercero interesado” señaló que, en éste caso la Jefatura Departamental de Trabajo, conforme al procedimiento, una vez recibida la denuncia notifica a la entidad demandada para la correspondiente conciliación; empero, en el caso de haberse interpuesto de forma paralela la queja, se declina competencia ante la “judicatura”.