SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014

Fecha: 03-Ene-2014

1) Nulidad absoluta

Es que ordinariamente los motivos que determinan la nulidad absoluta se vinculan a la infracción de leyes que interesan al orden público. De esta clase son: la absoluta falta de jurisdicción (tal dictarse una sentencia por quien ya no sea juez, prevista en los arts. 31 de la Constitución Política del estado y 30 de la  L.O.J.); la falta o perdida de competencia de un juez o tribunal (prevista en los incs. 1) y 6) del art. 254 del Cód. Pdto. Civ.); una sentencia dictada por un tribunal constituido con un menor número de vocales o con un menor número de votos que los requeridos por ley (inc. 2) del art. 254 Citado). En estos casos se violan leyes que regulan la jurisdicción y la competencia que son de orden público.