SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014

Fecha: 03-Ene-2014

III.9. Análisis del caso concreto

Conforme loa antecedentes del presente caso, se tiene que en el proceso ejecutivo seguido por el Banco Sur en liquidación contra Jorge Antonio Del Rio Escalante, en fase de ejecución de sentencia, luego de haberse declarado desierta la primera audiencia de remate y subasta, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, a solicitud de la parte ejecutante, mediante Auto de 17 de junio de 2009, señaló segunda audiencia de remate para el 3 de agosto de 2009, del bien inmueble ubicado en el barrio Sirari, UV 58, manzana 48, lote 15, con una superficie total de 418,80 m2, e inscrito en la oficina de DD.RR. bajo la matrícula computarizada 7.01.1.99.0076779; el día de la audiencia de remate -3 de agosto de 2009-, Ana María Saucedo Maillard se presentó como postora, realizando la mejor oferta, se adjudicó el bien inmueble objeto de remate en la suma de $us48 590.-; luego de haber depositado el monto del remate, previa solicitud de la referida, el Juez de la causa, mediante Auto de 10 de agosto del mismo año, aprobó el remate y adjudicó el bien inmueble de propiedad del ejecutado Jorge Antonio Del Rio Escalante a favor de la impetrante.