SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014

Fecha: 03-Ene-2014

III.9.4. Respecto a la presunta vulneración del derecho a la propiedad

En el caso presente, no se observa que se haya vulnerado el derecho a la propiedad de la parte accionante, porque ésta no acreditó en primer término, con prueba pertinente, que el bien inmueble objeto de adjudicación haya sido inscrita en la oficina de DD.RR. a su nombre, menos acreditó en qué forma ella hubiera sido vulnerada por las autoridades demandadas, por ello no se observa la lesión del derecho a la propiedad.