DCP 0092/2014 de 19 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0092/2014 de 19 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 19-Dic-2014

Patrimonio Nacional,

Consecuentemente, no puede sancionar pecuniariamente a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del Patrimonio Nacional, en razón a que la competencia de la entidad autónoma municipal no alcanza a establecer sanciones por infracciones a normativa sancionatoria de otro nivel estatal, por lo que el término “Nacional” debió ser declarado incompatible con la Constitución Política del Estado, conforme se realizó en las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0011/2013, 0004/2014 y 0010/2014.