DCP 0092/2014 de 19 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0092/2014 de 19 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 19-Dic-2014

Sobre el inciso l)

Se deberá entender que la participación del gobierno autónomo municipal en asociaciones, mancomunidades, etc., con instituciones de nivel internacional es compatible con la Constitución Política del Estado, siempre y cuando se trate de un convenio interinstitucional que afecte a las partes signatarias y se sustancie en el marco del derecho internacional privado, y no uno que involucre a los Estados en la esfera del derecho internacional público, dado que la competencia sobre relaciones internacionales, es una competencia compartida (art. 299.I.5 de la CPE), siempre dentro del marco de la política exterior del Estado, que es una competencia privativa del nivel central (art. 298.I.8 de la CPE).