Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2014
Fecha: 08-Dic-2014
10.
10. Ejecutar las acciones de vigilancia y control sanitario en los establecimientos públicos y de servicios, centros laborales, educativos, de diversión, de expendio de alimentos y otros con atención a grupos poblacionales, para garantizar la salud colectiva en concordancia y concurrencia con la instancia departamental de salud.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III.1. Autonomía y gobierno a nivel municipal
- III.1.1. Antecedentes históricos del municipio en el país
- 1)
- 2)
- i)
- III.1.2. Autonomía y gobierno municipal en el marco de la estructura territorial del Estado Plurinacional boliviano
- b)
- c)
- d)
- III.1.3. Sistema y organización del gobierno autónomo a nivel municipal
- III.2.1. El reconocimiento directo de la autonomía municipal
- III.2.2. La naturaleza jurídica de las cartas autonómicas
- III.2.3. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de normas institucionales básicas de las entidades territoriales autónomas
- a. Determinación del referente normativo de contrastación
- Determinación de la finalidad del examen
- Alcance del examen
- IV. CONTRASTACIÓN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO CON LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES
- legislativa, deliberativa, fiscalizadora, reglamentaria, y ejecutiva,
- CONTROL PREVIO DE CONSTITUCIONALIDAD
- 1. Unidad y cohesión social.
- 2. Garantía
- 4. Asignación equitativa de recursos.
- 6. Participación ciudadana.
- 7. Descolonización y despatriarcalizacion.
- 9. Interculturalidad.
- 10. Equidad de Género y Generacional.
- 13. Integralidad.
- 14. Control social.
- 15. Vulnerabilidad.
- 16. Conservación de los Recursos Naturales como base de la Productividad.
- ii)
- iii)
- "ARTÍCULO 21.- (INCOMPATIBILIDAD CON EL CARGO)
- "ARTÍCULO 25.- (ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL)
- IV.
- V.
- "ARTÍCULO 31.- (RENUNCIA, MUERTE, INHABILIDAD PERMANENTE O REVOCATORIA DE MANDATO)
- "ARTÍCULO 42.- (ATRIBUCIONES)
- a. Distritos municipales administrativos.
- Artículo 50
- Control previo de constitucional
- "ARTÍCULO 56.- (EMPRESAS MUNICIPALES)
- "ARTÍCULO 83.- (POLÍTICAS HABITACIONALES)
- .
- "ARTÍCULO 86.- (AUTORIZACIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DEL POA)
- Fragmento 50
- a la satisfacción de sus necesidades, intereses y aspiraciones
- "ARTÍCULO 100
- "ARTÍCULO 101.- (DESARROLLO INTEGRAL SOSTENIBLE)
- Artículo 103
- "ARTÍCULO 117.- (MANCOMUNIDAD)
- 4.
- -
- 4° DISPONER
- 5° EXHORTAR
- ARTÍCULO 4.- (VISIÓN)
- ARTÍCULO 8.- (VALORES)
- ARTÍCULO 10.- (FINES)
- ARTÍCULO 13.- (DERECHOS)
- Fragmento 64
- ARTÍCULO 27.- (ELECCIÓN DE LA DIRECTIVA Y COMISIONES)
- ARTÍCULO 33.- (PROCESAMIENTO INTERNO)
- Decreto Municipal.
- ARTÍCULO 48.-
- ARTÍCULO 52.- (DEFENSOR DEL CIUDADANO)
- ARTÍCULO 57.- (CONSTITUCIÓN Y ACTIVIDADES FISCALIZADORAS)
- ARTÍCULO 64.- (CUMPLIMIENTO GRADUAL Y PROGRESIVO DE LAS COMPETENCIAS)
- ARTÍCULO 80.- (SUJECIÓN AL PLAN NACIONAL Y DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO)
- ARTÍCULO 81.- (PLAN ESTRATÉGICO MUNICIPAL)
- ARTÍCULO 82.- (PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL)
- ARTÍCULO 84.- (PRESUPUESTO MUNICIPAL)
- ARTÍCULO 85.- (FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO)
- 10.
- ARTÍCULO 94.- (EQUIDAD DE GÉNERO)
- ARTÍCULO 102.- (MEDIO AMBIENTE Y BIODIVERSIDAD)
- ARTÍCULO 104.- (PATRIMONIO NATURAL)
- ARTÍCULO 107.- (DISPOSICIONES GENERALES)
- SEGUNDA.-