DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2014

Fecha: 08-Dic-2014

"ARTÍCULO 56.- (EMPRESAS MUNICIPALES)

Para la ejecución de obras, prestación de servicios o explotaciones municipales, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Yacuma está facultado para crear, constituir, disolver o participar en empresas, con recursos públicos, siempre y cuando se establezca la necesidad publica, se prevea la asignación de recursos correspondientes y esté debidamente fundamentada la estabilidad financiera institucional a largo plazo. Para el cumplimiento de este precepto y la contratación de Recursos Humanos, el Concejo Municipal queda encargado de la regulación mediante Ley municipal".

Para la ejecución de obras, prestación de servicios o explotaciones municipales, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Yacuma está facultado para crear, constituir, disolver o participar en empresas, con recursos públicos, siempre y cuando se establezca la necesidad publica, se prevea la asignación de recursos correspondientes y esté debidamente fundamentada la estabilidad financiera institucional a largo plazo. Para el cumplimiento de este precepto y la contratación de Recursos Humanos, el Concejo Municipal queda encargado de la regulación mediante Ley municipal.