DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2014

Fecha: 08-Dic-2014

"ARTÍCULO 25.- (ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL)

8. Aprobar, a propuesta del Alcalde, los planos de zonificación y valuación zonal o distrital, tablas de valores según calidad de vía del suelo, calidad y tipo de construcción, servicios y calzadas, así como la delimitación literal de cada una de las zonas urbanas y zonas rurales detectadas en el proceso de zonificación, previo proceso de participación y acuerdo de los sectores sociales involucrados y de acuerdo a normas nacionales.

23. Interpelar, a iniciativa de cualquier Concejal, a las/los Gerentes Municipales, a las Sub Alcaldesas o a los Sub Alcaldes, individual o colectivamente, y acordar la censura por dos tercios de los miembros del Concejo Municipal. La censura implicará la destitución de la servidora o servidor público.

8.   Aprobar, a propuesta del Alcalde, los planos de zonificación y valuación zonal o distrital, tablas de valores según calidad de vía del suelo, calidad y tipo de construcción, servicios y calzadas, así como la delimitación literal de cada una de las zonas urbanas y zonas rurales detectadas en el proceso de zonificación, previo proceso de participación y acuerdo de los sectores sociales involucrados y de acuerdo a normas nacionales.

23. Interpelar, a iniciativa de cualquier Concejal, a las/los Gerentes Municipales, a las Sub Alcaldesas o a los Sub Alcaldes, individual o colectivamente, y acordar la censura por dos tercios de los miembros del Concejo Municipal. La censura implicará la destitución de la servidora o servidor público.