SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2014
Fecha: 25-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, al juez imparcial, a la presunción de inocencia y a la igualdad; así como los principios de legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y objetividad; por cuanto, de manera injusta e interesadamente en su condición de Juez de Instrucción en lo Penal de Riberalta, fue sometido en dos oportunidades a procesos disciplinarios para finalmente ser procesado en la vía penal; en los cuales, intervinieron como Juez y Tribunal Sumariante autoridades que en el proceso penal también fungieron como Juez Técnico de Sentencia y en el Tribunal de alzada, respectivamente, sin haberse excusado del conocimiento de la causa, constituyendo de manera ilegal el tribunal de sentencia y de alzada. Finalmente y sin existir prueba plena ni la debida valoración de la existente, fue declarado culpable y condenado a pena privativa de libertad. En segunda instancia, se confirmó la Sentencia, sin responder a los agravios expuestos ni explicar de manera fundamentada y motivada las razones que dieron lugar a ello. En grado de casación se declaró inadmisible su recurso sin explicar la razón del porqué, limitándose a indicar, que los precedentes contradictorios expuestos constituyen citas enunciativas y de manera contradictoria, refiere no haberse encontrado la concurrencia de defectos absolutos que hagan viable la eventual y extraordinaria admisión y al mismo tiempo refieren haberse demostrado fehacientemente vicios insubsanables y defectos evidentes en el proceso.
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. Del recurso de casación en materia penal
- III.4. De la procedencia y requisitos del recurso de casación
- III.5. Sobre la admisibilidad del recurso de casación cuando se acusen defectos absolutos
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. Respecto de los ex Jueces Técnicos de Tribunal de Sentencia Penal de Guayaramerín y los ex y actuales Vocales de la Sala Penal de Tribunal Departamental de Beni
- III.6.2. Respecto de los Magistrados de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia