DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2014

Fecha: 28-Jul-2014

ARTÍCULO 81. (SALUD).-

El Gobierno Autónomo Departamental establece a la salud como función superior y responsabilidad financiera priorizada, en ejercicio de las responsabilidades establecidas por ley en el marco de sus competencias, y de aquellas provenientes de los convenios de delegación y transferencia de competencias, garantizando las siguientes políticas y acciones:

f.   Desarrollar y sostener políticas de salud integral y programas especializados en salud sexual, salud reproductiva, prevención de infecciones de transmisión sexual, cobertura de salud para hepatitis B, VIH y SIDA, cáncer de cuello uterino, prostático, prevención del embarazo adolescente y otros relacionados.