DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2014

Fecha: 28-Jul-2014

ARTÍCULO 90.  (DESARROLLO PRODUCTIVO).-

I.   El desarrollo productivo es parte fundamental de las políticas económicas del departamento, basado en la integralidad de la cadena productiva, las formas de organización de la economía plural, la articulación público, privada y comunitaria, la seguridad jurídica y la valoración del esfuerzo humano como fuente de riqueza, para generar condiciones que permitan lograr el desarrollo económico con identidad.

II. De acuerdo a las potencialidades y vocaciones productivas del departamento se priorizan los sectores de producción de alimentos orientados al consumo humano, así como los sectores dinámicos generadores de empleo y valor agregado: agropecuario, turismo, industria, agroindustria, manufactura, minero y petrolero, que promuevan el desarrollo de emprendimientos productivos inclusivos, sostenibles, con equidad de género y en armonía con el medio ambiente.