DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015

Fecha: 16-Dic-2015

a)

De la revisión a la disposición observada, se tiene que: a) En el caso del parágrafo I, la modificación efectuada por el estatuyente se adecua a la DCP 0020/2015, por lo que, desapareció el cargo de incompatibilidad; y, b) en el caso del parágrafo II, la modificación efectuada por el estatuyente no se adecua a la DCP 0020/2015, dado que mantiene la pretensión de regular mediante ley para la participación y control social, en ese sentido se declara la incompatibilidad del parágrafo II del art. 53, debiendo el estatuyente dar cumplimiento a la DCP 0020/2015.