DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015

Fecha: 16-Dic-2015

y dado el carácter vinculante de las resoluciones constitucionales el estatuyente debe sujetarse a la misma y dar cumplimiento, por lo que subsiste la incompatibilidad en la presente disposición

Del análisis a la disposición observada, y lo dispuesto por la DCP 0020/2015, se tiene que no se dio cumplimiento a dicha resolución constitucional, puesto  que la misma dispuso que la disposición del proyecto sea expulsada al estar dicha materia ya regulada en la Constitución Política del Estado, y dado el carácter vinculante de las resoluciones constitucionales el estatuyente debe sujetarse a la misma y dar cumplimiento, por lo que subsiste la incompatibilidad en la presente disposición.