DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015

Fecha: 16-Dic-2015

se declara la compatibilidad del art. 54.

De la revisión a la disposición observada, se tiene que como señaló la DCP 0020/2015, el mandato de la participación y control social deviene desde la Constitución Política del Estado y es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades públicas y privadas que dispongan recursos públicos en  el territorio; sin embargo, el estatuyente pretende disponer tal obligación mediante una ley municipal, y sobre este aspecto se señaló que la participación y control social es una instancia con autonomía e independencia que no depende de ninguna instancia, pero si dicha ley a ser emitida por el Gobierno Autónomo Municipal se sujeta a los preceptos constitucionales y está destinada para el cumplimiento por parte de las entidades públicas y privadas que manejan recursos del Estado respecto de brindar información y coadyuvar con las actividades del control social, la disposición resulta compatible, en ese sentido y bajo ese entendimiento se declara la compatibilidad del art. 54.