DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015

Fecha: 16-Dic-2015

se declara la incompatibilidad del parágrafo II del art. 1, debiendo el estatuyente dar cumplimiento a la resolución constitucional primigenia.

De lo visto y contrastado se tiene que el estatuyente no ha dado cumplimiento a la DCP 0020/2015, dado que cambiando algunas palabras sigue señalando que las leyes del Estado Plurinacional según jerarquía tienen primacía sobre la Carta Orgánica, consecuentemente al persistir el vicio, se declara la incompatibilidad del parágrafo II del art. 1, debiendo el estatuyente dar cumplimiento a la resolución constitucional primigenia.