DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Respecto del numeral 10,

Respecto del numeral 10, el pretender disponer como un deber el trabajar en proyectos de leyes es contradictorio y vulneratorio a los derechos constitucionales previstos por la Constitución Política del Estado y expresados en la DCP 0020/2015, por lo que, la adecuación efectuada a la disposición mantiene el espíritu de imponer como deber el trabajar en leyes cuando el realidad la iniciativa legislativa es un derecho de todo ciudadano a participar en la formación de leyes que beneficien a los propósitos de cada región, consecuentemente se declara la incompatibilidad del numeral 10 del art. 12, debiendo el estatuyente dar cumplimiento a la resolución primigenia y en definitiva suprimir el numeral.