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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015

    Fecha: 10-Mar-2015

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    • I.1. Contenido de la consulta
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • II.1.  Construcción del Estado Plurinacional con autonomías
    • modelo de Estado Plurinacional con autonomías
    • principio de unidad del país, que subyace en los arts. 1 y 2 de la CPE y de manera transversal en toda la Constitución, como elemento articulador de la plurinacionalidad, el pluralismo, la interculturalidad descolonizadora y el régimen autonómico
    • Fragmento 6
    • “La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos…”
    • II.2.  Estructura y Organización Territorial del Estado
    • con nuevas características organizacionales y territoriales: autonomías instituidas dentro del marco de la unidad del Estado
    • se edifica en una nueva organización territorial y en una diferente distribución de poder público a nivel territorial,
    • II.3.  Autonomía municipal
    • elegidos mediante sufragio universal
    • a)
    • II.4.  El orden competencial
    • 1)
    • II.5.
    • para aquellos gobiernos autónomos municipales que decidan no contar con una carta orgánica, serán regulados por la ley
    • sin perjuicio de que las entidades territoriales autónomas puedan complementar los contenidos de su norma institucional básica que consideren necesarios dentro del marco de su autonomía”
    • Símbolos e idiomas.
    • Derechos y Deberes.
    • Competencias.
    • II.7. Revisión de compatibilidad del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Teoponte
    • Control previo de constitucionalidad
    • incompatibilidad
    • Artículo 4° (Misión)
    • “Artículo 5° (Ubicación de la Jurisdicción Territorial)
    • incompatible
    • compatibilidad
    • Sobre el parágrafo I. 1, 4, 6 y 7
    • “Artículo 14°  (Impedimentos e Incompatibilidades)
    • Sobre los numerales 6, 7 y 8
    • Fragmento 32
    • Fragmento 33
    • Fragmento 34
    • Fragmento 35
    • Sobre el parágrafo I
    • “Artículo 20°  (Ausencia Definitiva)
    • i)
    • ii)
    • Fragmento 40
    • poderes
    • “1. Facultad legislativa
    • 2. Facultad reglamentaria.
    • 3. Facultad ejecutiva.
    • 4. Facultad fiscalizadora.
    • 5. Facultad deliberativa.
    • “Artículo 24°  (Jerarquía Jurídica Interna)
    • jerarquía,
    • intra sistémico
    • “Artículo 25°  (Procedimiento Legislativo)
    • “Artículo 28°  (Facultades del Concejo Municipal)
    • Facultad legislativa.
    • “Artículo 31°  (Sesiones del Concejo Municipal)
    • facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva
    • “Artículo 35°  (Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa Municipal)
    • Sobre los numerales 4, 25 y 30
    • Sobre los numerales 9 y 11
    • Sobre el numeral 15
    • Fragmento 59
    • en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones
    • Sobre el numeral 28
    • norma institucional básica
    • El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada…”
    • Sobre el numeral 4
    • Artículo 44°  (Responsables sobre el Control de Recursos Fiscales)
    • Sobre el parágrafo II del art. 43
    • Fragmento 67
    • Fragmento 68
    • ,
    • Artículo 49°  (Control Social a la Gestión Municipal)
    • Sobre los parágrafos I, II y III
    • Sobre el parágrafo IV
    • “Artículo 70° (Tributos Municipales)
    • Sobre el parágrafo II.
    • “Artículo 89° (Medio Ambiente)
    • Sobre el párrafo inicial
    • Sobre el numeral 1
    • minerales,
    • Fragmento 79
    • “Artículo 97° (Régimen para Minorías)
    • Fragmento 81
    • Artículo 2°  (Identidad de la Entidad Autónoma)
    • Artículo 3° (Visión)
    • I. (Bandera del Municipio)
    • II. (Escudo Municipal)
    • Artículo 12° (Del Periodo de Mandato)
    • Artículo 19° (Ausencia Temporal)
    • Artículo 42° (Servidoras y Servidores Públicos)
    • I. (Iniciativa Ciudadana)
    • III.  (Referendos Municipales)
    • IV. (Asamblea Municipal)
    • Artículo 62°  (Empresas Municipales Públicas)
    • 1) PATRIMONIO CULTURAL
    • 2) PLANIFICACION
    • 5) TRANSPORTES
    • 6) GESTION DE RIESGOS Y ATENCION DE DESASTRES NATURALES
    • I. SALUD
    • III. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
    • X.- SEGURIDAD CIUDADANA
    • Artículo  71° (Disposiciones sobre planificación)
    • Artículo 72° (Sujeción al Plan General de Desarrollo)
    • Artículo 73° (Mecanismos de Relación con el Plan de Desarrollo Departamental y Regional)
    • Artículo 80° (Promover Infraestructura para la Implementación de Mercados y Promoción de la Producción Local)
    • Artículo 82° (Búsqueda de financiamiento para infraestructura productiva)
    • Artículo 85° (Soberanía Alimentaria)
    • Fragmento 106
    • Fragmento 107
    • Artículo  106° (Previsiones en cuanto a la Conformación de Regiones)
    • Artículo 110°  (Disposiciones Finales)

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