DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015

Fecha: 10-Mar-2015

“Artículo 14°  (Impedimentos e Incompatibilidades)

I.  Son impedimentos para ejercer el cargo de Concejal, Concejala, Alcalde, Alcaldesa Municipal, cuando la autoridad electa tiene sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad, pliego de cargo ejecutoriado por responsabilidad civil contra el Estado o estén comprendidos en los casos de incompatibilidad establecidos por Ley.

II. Son incompatibles para el ejercicio del cargo de Concejal, Concejala, Alcalde, Alcaldesa Municipal, con cualquier otro cargo público remunerado, su aceptación supone renuncia tacita al cargo, con la excepción de la docencia universitaria y las organizaciones municipales a nivel provincial, departamental y nacional, asimismo las mancomunidades.

I.   Son impedimentos para ejercer el cargo de Concejal, Concejala, Alcalde, Alcaldesa Municipal, cuando la autoridad electa tiene sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad, pliego de cargo ejecutoriado por responsabilidad civil contra el Estado o estén comprendidos en los casos de incompatibilidad establecidos por Ley.

II.  Son incompatibles para el ejercicio del cargo de Concejal, Concejala, Alcalde, Alcaldesa Municipal, con cualquier otro cargo público remunerado, su aceptación supone renuncia tacita al cargo, con la excepción de la docencia universitaria y las organizaciones municipales a nivel provincial, departamental y nacional, asimismo las mancomunidades.