DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Sobre el párrafo inicial

Por mandato del art. 298.II.7 de la CPE, se ha establecido que es una competencia exclusiva del nivel central: “Política forestal y régimen general de suelos, recursos forestales y bosques”; asimismo, el texto constitucional en su art. 299.II.4, ha definido que es una competencia concurrente, la “Conservación de suelos, recursos forestales y bosques”; no siendo competencia de los gobiernos municipales la elaboración de políticas municipales para una explotación racional de productos maderables y aplicar acciones coercitivas de reforestación.