Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2015-S2

    Fecha: 20-Abr-2015

    II.12.

    II.12.  El 8 de octubre de 2013, René Eamara Salvatierra, en representación de Leopoldo Romero Jácome se apersonó a la Sala Penal Primera, a efecto   de que le hagan saber futuras actuaciones (fs. 414), cuyo decreto de esa misma fecha, señala “Se tiene por apersonado para futuras diligencias del proceso” (sic) (fs. 414 vta.); asimismo, más adelante, consta sello de la vacación judicial, del 25 de noviembre al 19 de diciembre de 2013 (fs. 415 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • “procedente”
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.10.
    • II.12.
    • II.13.
    • i)
    • III.1. El debido proceso en sus elementos de motivación y congruencia
    • III.2.  De la recusación
    • 5)
    • III.3.  Análisis del caso en concreto
    • b)
    • d)
    • 2.
    • 4.
    • III.3.1. Consideraciones finales
    • 30 de noviembre de 2012
    • 4 de febrero de 2013
    • Ocho meses más después

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca