SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015

Fecha: 08-Jul-2015

cosa juzgada

De las normas constitucionales y procesales citadas, es posible señalar que en los procesos legales de control normativo; por una parte, la sentencia que declare la inconstitucionalidad de una norma general, sea ley, estatuto autonómico, carta orgánica, decreto, ordenanza y cualquier género de resolución no judicial, hace inaplicable el precepto impugnado, pues la expulsa del orden normativo, sea en forma total (carácter abrogatorio) o en forma parcial (carácter derogatorio) y surte plenos efectos respecto a todos, alcanzando por consiguiente, la calidad de cosa juzgada, de tal manera que respecto a la misma disposición legal no es posible volver a realizar un juicio de constitucionalidad por carecer éste, de objeto material, porque la norma eventualmente impugnada se encuentra fuera del ordenamiento jurídico vigente, con el agregado de que lo contrario, implicaría generar incertidumbre, inobservando el principio de seguridad jurídica.