SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015

Fecha: 08-Jul-2015

d)

d) Lesión al principio de primacía de aplicación de la Ley Fundamental, puesto que en virtud del art. 410.II de la CPE, gozan de supremacía frente a cualquier otra norma (ley, estatuto autonómico, carta orgánica, decretos, reglamentos y demás resoluciones), las disposiciones constitucionales, fundamentan todo el orden jurídico legal ordinario; y, las mencionadas, no pueden contradecir ni desconocer los valores, principios, derechos que la Constitución Política del Estado consagra; de manera que cualquier precepto legal de menor jerarquía que sea contraria a la Norma Suprema, es nula y debe ser retirada del ordenamiento jurídico; por lo que, en cumplimiento a este principio, corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 1, 11, 19, 28 de la Ley 317.