Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
Fragmento 2
Dentro del proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación del Estado y asociación delictuosa, mediante Auto interlocutorio 57/2014 de 15 de diciembre, la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer del departamento de La Paz, dispuso su detención preventiva, lo que motivó que en audiencia de forma oral interpusiera recurso de apelación incidental; empero, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través de Auto de Vista 24/2015 de 23 de febrero, confirmó la misma.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- Auto interlocutorio 57/2014
- Auto de Vista 24/2015
- I.1.2.
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Jueza de la causa,
- III.1.
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación
- Jueza codemandada
- Ahora bien, a través de la presente acción tutelar se alega falta de fundamentación, motivación y congruencia del Auto de Vista 24/2015, que hubiere obviado considerar los agravios de su apelación, por lo que previamente corresponde conocer los argumentos reclamados por la parte ahora accionante, los que constan en la apelación oral interpuesta en audiencia de 23 de febrero de 2015, actuado procesal en el que se refirió lo siguiente:
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- d)
- e)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- CONFIRMAR en parte