SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0633/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
dignidad
Ahora bien, la amenaza cierta y latente que sufren los ahora accionantes de perder su hogar, les coloca en un estado de zozobra, ansiedad e intranquilidad, lo que lesiona su derecho a la integridad personal en lo relativo a la integridad psicológica, conforme se expresó en el Fundamento Jurídico III.5; por cuanto, su estado emocional y su estabilidad mental, se vieron afectados por la situación desventajosa en la que se encuentran, y en la que no se les dio la oportunidad de disentir, sufriendo de manera directa las consecuencias de un proceso llevado sin su participación; que se encuentra estrechamente relacionado con el derecho a la dignidad humana consagrado en el art. 21 inc. 2) de la Norma Fundamental, en la que se establece como un derecho de las y los bolivianos la privacidad, intimidad, honra, honor, propia imagen y dignidad, mismo que se verá lesionado si se hace efectiva la ejecución del aludido mandamiento de desapoderamiento, afirmación que encuentra eco, cuando se entiende que la dignidad conlleva al respeto y estima que una persona tiene de sí misma que decanta y hace merecedora de ese respeto por otros, así de ser echados del inmueble en efecto el derecho a la dignidad de toda su familia, se verá vulnerado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1.Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y sus alcances
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Entendimiento jurisprudencial relativo al daño inminente e irreparable
- III.3. Sobre el debido proceso y el derecho a la defensa
- III.4. El derecho a la propiedad privada
- III.5. Derecho a la integridad personal (física, psicológica y moral)
- integridad física
- el Derecho a la Integridad Personal, sosteniendo que: “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica”.
- Derechos Fundamentales
- es previsible el daño irreparable e irremediable que les ocasionaría la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, que de hacerse efectivo supone para ellos y sus hijos menores de edad, quedar sin hogar.
- 5 de febrero de 2009
- lo que no tomó en cuenta
- si el certificado extendido por DD.RR. hubiera sido actualizado previo a la presentación de la acción civil
- actualizada
- dignidad
- Fragmento 32
- 2º