SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

La autoridad o persona demandada será citada en la forma prevista para la Acción de Libertad

III. La autoridad o persona demandada será citada en la forma prevista para la Acción de Libertad, con el objeto de que preste información y presente, en su caso, los actuados concernientes el hecho denunciado, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde la presentación de la Acción” (negrillas añadidas).