SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

d)

d) La accionante incurrió en las faltas previstas por los arts. 10, 29, 34, 43, 62 y 64 del Reglamento Interno de Trabajo, las cuales fueron consideradas de acuerdo con los arts. 16 de la LGT y 9 de su Decreto Reglamentario, para dar por concluida la relación laboral con la ahora accionante de forma unilateral, deliberada y arbitraria, originando su desvinculación.

d) En atención al carácter subsidiario de esta acción, es necesario agotar los recursos ordinarios y administrativos idóneos que la ley otorga para reclamar sus derechos, por lo que, ante la existencia de hechos controvertidos referidos a una destitución ilegal o indebida, ya sea por la supuesta adulteración de una baja médica o la ilegal conformación de la Comisión Mixta -argumentos utilizados por la accionante para lograr una reincorporación laboral-, instancia que pronunció Resolución determinando su destitución, acto procesal que no fue impugnado oportunamente;