SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

i)

i) No es evidente que la Comisión Mixta no esté prevista, ya que en los arts. 55 y 63 del Reglamentario Interno de Trabajo, establecen su creación, documento que se encuentra aprobado por Resolución Ministerial (RM) 098/08 de 19 de febrero de 2008, habiéndose entregado una copia el 12 de mayo de 2012 al representante de los trabajadores, publicándose otro ejemplar en portería el 18 de febrero de 2013; no obstante, los mismos se rehúsan cumplirlo alegando desconocimiento, con mala fe y de manera contradictoria;

i) Por nota de 22 de junio de 2017, la Asesora Legal de la citada Empresa los conminó nombrar dos delegados para la conformación de una Comisión Disciplinaria, supuestamente establecida en el Reglamento Interno de Trabajo, empero, en el ejemplar entregado al Sindicato Fabril, no contemplaba la página con el artículo que lo disponía;