SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

II.4.

II.4.    El 19 de julio de 2016, la Asesora Legal de la indicada empresa solicitó al Director Departamental de Trabajo Cochabamba información sobre si el Sindicato Fabril había presentado alguna observación al Reglamento Interno de Trabajo y de ser así, pidió una copia (fs. 117); mediante nota de 25 de julio de 2016, al no recibir respuesta de la Jefatura Departamental del Trabajo, dicha Asesora otorgó el plazo de ocho días calendario al Secretario General del Sindicato Fabril para formular y hacer conocer sus observaciones “…respecto a la probable inconstitucionalidad de algunos artículos del Reglamentario Interno de Trabajo” (sic) (fs. 118).