ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0887/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0887/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

Fragmento 32

El Reglamento Interno de Trabajo del Banco Unión S.A., consta en el proceso así como su aprobación mediante Resolución Ministerial 024/09 de 21 de enero (Conclusión II.3). Sin embargo, erróneamente la Jueza de instancia señaló que la Resolución 003/2013, fue tramitada de acuerdo a un Reglamento que no estaba vigente por no estar aprobado por la instancia competente; a su vez en el Auto de Vista, los Vocales ahora demandados, refirieron que el hecho que los trabajadores hayan sido procesados o no por un Reglamento avalado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se constituye evidentemente en accesorio al proceso objeto de la litis por reincorporación; por último, el Auto Supremo concluyó que el proceso fue llevado adelante por el Banco Unión S.A., con un Reglamento que no estaba aprobado por el mencionado Ministerio, y que la norma laboral a ser aplicada debió contar con la legalidad correspondiente.