ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0887/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0887/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

II.5.

II.5.    El Banco Unión S.A. presentó recurso de apelación contra la Sentencia 048/2015, expresando los siguientes agravios: i) El Reglamento Interno del Banco se encuentra debidamente aprobado, y fue utilizado por los demandantes en toda la tramitación del proceso, por cuanto conocían y reconocían dicho Reglamento; además no se estableció como punto a probar, la existencia de una Resolución Ministerial que valide el referido Reglamento Interno; ii) Conforme el inc. e) del art. 16 de la LGT e inciso e) del art. 9 de su Decreto Reglamentario; se tiene como una causal de despido el incumplimiento al contrato de trabajo o al reglamento interno, extremo que aconteció y por tanto existe una causal justificada de retiro; y, iii) Los art. 16 de la LGT y art. 9 de su Reglamento, en ningún momento establecen que deba existir para el sector bancario un convenio colectivo (fs. 392 a 397).