SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2019-S1
Fecha: 14-Nov-2019
Como la temática identificada en el inciso i)
Como la temática identificada en el inciso i), se tiene la denuncia de incongruencia externa referida por el accionante, sostenida en que los Magistrados demandados a tiempo de resolver la demanda contenciosa administrativa no consideraron sus argumentos presentados a tiempo de contestar a la misma.
A fin de verificar si lo denunciado por el impetrante de tutela resulta o no evidente, corresponde desglosar el memorial de contestación a la demanda contenciosa administrativa interpuesta en su contra y a partir de ello teniendo en cuenta asimismo el desglose realizado a la Sentencia analizada, establecer si efectivamente las autoridades demandadas incurrieron en la vulneración de este elemento como componente del debido proceso.
En ese sentido y considerando que la convergencia planteada por el peticionante de tutela se trasunta únicamente en los puntos 2 y 3 del planteamiento de la demanda contenciosa administrativa, la puntualización de la respuesta al referido memorial se circunscribirá a estos dos acápites de conflicto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
- Fragmento 12
- III.2. Principio de congruencia
- III.3. Valoración probatoria
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa -
- Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- 2)
- 3)
- Sobre la problemática identificada en el inciso a)
- evidencia la realización de Registro de mejoras en fecha anterior a la ejecución de pericias de campo
- Respecto a la denuncia identificada en el inciso b)
- Como problemática identificada en el inciso c)
- En el inciso d)
- En el inciso e)
- Dentro del inciso f)
- Dentro del inciso g)
- En el inciso h)
- Como la temática identificada en el inciso i)
- b)
- III.6. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 3° Exhortar