Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2019-S1
Fecha: 14-Nov-2019
Sobre la problemática identificada en el inciso a)
Sobre la problemática identificada en el inciso a), referida acerca de que los Magistrados demandados incurriendo en una falta de motivación, desconocieron el principio de convalidación respecto a la contradicción de las fechas de la notificación realizada a su padre con las mejoras, lo que transgrediría la Guía para la Actuación del Encuestador Jurídico Durante la Pericia de Campo, aspecto netamente formal ya que no afecta al fondo del proceso de saneamiento, el cual busca esencialmente verificar la posesión legal sobre el predio y el cumplimiento de la FES, sin tomar en cuenta que dicha diligencia no fue observada por su padre que era la parte principal interesada del proceso de saneamiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
- Fragmento 12
- III.2. Principio de congruencia
- III.3. Valoración probatoria
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa -
- Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- 2)
- 3)
- Sobre la problemática identificada en el inciso a)
- evidencia la realización de Registro de mejoras en fecha anterior a la ejecución de pericias de campo
- Respecto a la denuncia identificada en el inciso b)
- Como problemática identificada en el inciso c)
- En el inciso d)
- En el inciso e)
- Dentro del inciso f)
- Dentro del inciso g)
- En el inciso h)
- Como la temática identificada en el inciso i)
- b)
- III.6. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 3° Exhortar