AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2019-O

Fecha: 17-Abr-2019

iv)

iv)   No se evidencia pronunciamiento efectivo respecto a: iv.a) La situación jurídica del inmueble; y, iv.b) Los razonamientos de identificación del radio urbano sobre los que se pronunció la parte excepcionista; puesto que, se hizo consideraciones sobre la calidad del suelo del inmueble y el uso para el que le fue destinado, ni a las actividades que se realizan en su entorno y que determinaron la ampliación del área urbana;

iv) Finalmente, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la Sala que emitió la correspondiente Sentencia Constitucional Plurinacional con calidad de cosa juzgada, resolverá mediante Auto Constitucional la queja interpuesta por incumplimiento total o parcial, sobrecumplimiento, cumplimiento diferente o distorsionado o tardío en la ejecución de una resolución constitucional, debiendo confirmar total o parcialmente o, en su caso revocar la decisión del juez o tribunal de garantías que conoció inicialmente la queja por mora o incumplimiento a decisiones constitucionales, decisión que deberá ser cumplida de manera inmediata.