SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2019-S1
Fecha: 28-May-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera vulnerado su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y valoración de la prueba, así como la inobservancia de los principios de seguridad jurídica, igualdad, equilibrio, justicia social, proporcionalidad, justicia material y supremacía constitucional; por cuanto, pese a que su persona respondió de forma congruente a todos los hechos denunciados, el Juez Disciplinario Primero del Consejo de la Magistratura del departamento de Beni -ahora codemandado- emitió la Resolución de Primera Instancia 14/2017 de 9 de mayo, sancionándola con un mes de suspensión de sus funciones sin goce de haberes; misma que fue confirmada por los entonces Consejeros del Consejo de la Magistratura -hoy codemandados- mediante la Resolución SD-AP 482/2017 de 31 de octubre, sin realizar un análisis jurídico y específico al problema planteado, incurriendo en una omisión valorativa al no referirse sobre el valor probatorio asignado a las pruebas presentadas.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derecho y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- segundo agravio
- una vez corrido el traslado con plazo de tres días con la contestación o sin ella
- contestación
- III.3. Otras consideraciones
- en parte
- CONFIRMAR en parte