SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

Fragmento 28

Por otra parte, en la cuarta problemática denuncia que la autoridad judicial demandada efectuó una valoración irrazonable al señalar que el prenombrado presentó un plano de ubicación, cuando solamente es un bosquejo en fotocopia simple, genérico y abstracto, que no lleva el nombre de la zona ni de Bernabé López Quintana, sino que a mano alzada refiere “nueva esperanza y plano”, tampoco tiene firma de un arquitecto y mucho menos está aprobado por algún servidor público de la Unidad de Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; y asimismo de forma irracional señaló que el Informe Técnico S.M.G.I.R.-D.P.R.-U.M.R.G. 1132/2016 de 27 de octubre, referente a la evaluación de riesgo de la zona Jinchupalla, dirigido a Vladimir Torro Ibañez, detalla la ubicación y otros detalles del inmueble del demandante y que dicha autoridad judicial no ha tasado la prueba producida bajo el principio de igualdad, considerando que ambas partes no tienen título, generándose una desigualdad discriminatoria por ser mujer, cuando correspondía que la autoridad referida en virtud al principio de razonabilidad de los fallos judiciales rechace la demanda interpuesta por el hoy tercero interesado.