SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
II.1.
II.1.Cursa fotocopia simple del expediente de las diligencias preparatorias de citación e inspección judicial interpuestas por Bernabe López Quintana contra María Eugenia Quijua Tintaya y Amalia Tintaya Mamani, tramitado en el Juzgado Público Civil y Comercial Décimo Quinto del departamento de La Paz, en la que se constata que el demandante adjunta la Matrícula 2.01.0.00.0000213 registrado en DDRR a nombre de Francisco y Estela ambos de apellido Coronel; el testimonio de declaratoria de herederos a nombre de Bernabe López Quintana y Jorge López Coronel respecto a la de cujus Estela Coronel de López; Informe S.M.G.I.R.-D.P.R. U.M.R.G. 1132/2016 de 27 de octubre emitido por la Unidad de Manejo de Riesgos Geodinámicos, elevado ante el Secretario Municipal de Gestión Integral de Riesgos, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en relación a la evaluación del sector Jinchupalla; y, fotografías respecto al bien inmueble sobre el cual se planteó las diligencias preparatorias (fs. 3 a 38).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- ‘…la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, pero además esa concordancia debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos emitidos por la resolución, esta concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, conlleva a su vez la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la determinación que se asume
- ‘…la congruencia ha venido clasificada en diversos tipos o categorías que nos interesa anotar a los fines que se seguirán, y así es moneda corriente hablar en doctrina de incongruencia «ultra petita» en la que se incurre si el Tribunal concede «extra petita» para los supuestos en que el juzgador concede algo distinto o fuera de lo solicitado por las partes; «citra petita», conocido como por ´omisión´ en la que se incurre cuando el Tribunal no se pronuncia sobre alguno de los pedimentos que le han sido planteados, etc.»
- III.2.1. En relación a la congruencia
- al encontrarse los primeros cuatro agravios indicados en la oposición interpuesta por la accionante relacionados entre sí
- la autoridad judicial demandada se pronunció
- en cuanto al quinto, sexto y séptimo agravio
- la autoridad judicial demandada en el inciso c)
- III.2.2. En relación a la fundamentación y motivación
- primer agravio
- el fundamento expresado en el inciso b) de parte de la referida autoridad judicial
- agravios quinto y sexto
- el séptimo agravio
- Primera problemática
- Segunda problemática
- Tercera y cuarta problemática
- Fragmento 28
- CONFIRMAR en todo