SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

Segunda problemática

La impetrante de tutela denuncia que la Jueza demandada determinó que el demandante demostró su legitimación para interponer la demanda preliminar de citación e inspección judicial al declararse heredero al fallecimiento de su esposa, la cual tiene registrado su derecho propietario sobre el predio de 33 395,87 m2, sin tomar en cuenta que la declaratoria referida no se encuentra registrado en DDRR por ende tampoco en la matrícula 2.01.0.00.0000213 como exigen los arts. 1540.1 y 1538 del CC; por lo que, no surtiría efectos frente a terceros.

Al respecto de acuerdo al análisis efectuado en el quinto, sobre el cuestionamiento a la legitimación procesal del demandante para interponer la demanda preliminar, la problemática señalada tiene similitud en este caso con ese agravio; en el cual de acuerdo al análisis efectuado por la autoridad judicial demandada, la misma concluyó que no se lesionó el derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación; pues a pesar que la declaratoria de herederos del hoy tercero interesado no se encontraba registrado en DDRR, explicó de manera motivada y razonable que el nombrado tenía legitimación procesal para interponer el proceso preliminar de citación e inspección judicial, al haberse declarado heredero forzoso de la propietaria del lote de terreno objeto del referido proceso, añadiendo a ello que, la herencia se adquiere solo por el ministerio de la ley desde que se abre la sucesión conforme lo establecido en el art. 1007 del CC.